Colegios cristianos españoles sin fin comercial pueden beneficiar de exención fiscal

AFP (Agencia France-Presse)

Luxemburgo, Luxemburgo. - Los colegios de la Iglesia católica en España pueden beneficiarse de exenciones fiscales en virtud de los acuerdos con el Vaticano, siempre y cuando impartan una enseñanza sin carácter comercial, estima la abogada general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

Una exención fiscal "no infringe la prohibición de las ayudas estatales" consagrada en la normativa de la UE cuando el edificio escolar se utilice "para prestar servicios de enseñanza" obligatoria, señala la abogada general, Juliane Kokott.
"En cambio, una exención fiscal (...) tendrá la consideración de ayuda estatal prohibida", cuando "el edificio en cuestión se utilice con fines genuinamente comerciales", añade la abogada general en sus conclusiones, que habitualmente siguen los magistrados del alto tribunal en sus sentencias posteriores.
Kokott se pronunciaba sobre el caso de un colegio religioso de Getafe (cerca de Madrid), por el que la Iglesia católica pagó más de 23.000 euros en impuestos municipales por unas obras realizadas en el edificio y cuya devolución reclama. 
El centro realiza enseñanza obligatoria, en gran parte financiada con fondos públicos, y formación voluntaria por la que cobra contribuciones escolares, explica en un comunicado el TJUE.
Para la abogada general, solo si esta última enseñanza representa "menos del 10% del total" podría ser considerada como una "actividad de carácter no económico".


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