FARC deben estar desarmadas antes de plebiscito, sentencia Corte de Colombia
AFP (Agencia France-Presse)
Bogotá, Colombia. - La Corte Constitucional de Colombia sentenció que las FARC deben estar desarmadas cuando se vote el plebiscito para refrendar el acuerdo de paz que esta guerrilla negocia con el gobierno para acabar un conflicto de medio siglo, indicó el alto tribunal este martes.
"El grupo armado ilegal con quien se negoció el contenido del Acuerdo" debe deponer "el uso de las armas y de la violencia como paso previo y obligatorio a la refrendación popular", indicó la Corte en el fallo que avaló el plebiscito como mecanismo para validar lo pactado entre el gobierno de Juan Manuel Santos y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC).
La Corte declaró el 18 de julio legítimo el proyecto de ley ya aprobado por el Congreso en el que se establece el plebiscito como método de refrendación entre las partes, que negocian la paz desde noviembre de 2012 en La Habana.
El tribunal, el máximo en Colombia en relación con la Carta Magna, informó entonces que daba vía libre al plebiscito, el cual se votará después de que se selle el acuerdo de paz, que se espera se concrete en las próximas semanas, pero recién este martes publicó su fallo, un documento de 300 páginas.
"La legimitidad democrática del plebiscito" depende de que las campañas y la votación "se hagan libres de presiones, entre ellas las derivadas del uso ilegal de la fuerza y de las armas", precisó.
"La Corte comprende que la ejecución de las campañas y la posible celebración del plebiscito se ejercerán bajo el supuesto del cese integral y definitivo del conflicto armado entre el Estado y el grupo armado ilegal que suscribe el Acuerdo", apuntó en la sentencia.
El tribunal ratificó además la reducción del umbral de más del 50% al 13% del total de ciudadanos habilitados a votar. Esto supone que el acuerdo de paz con las FARC podrá ser aprobado con 4,4 millones de votos positivos que superen la participación por el "no".
La decisión negativa del electorado "inhibirá" la implementación de los acuerdos, aunque no impedirá las facultades que le otorga la Constitución al gobierno "para mantener el orden público, entre ellas la suscripción de acuerdos de paz con grupos armados ilegales y en el marco de la salida negociada al conflicto armado".
La Corte también consideró "la posibilidad futura que se someta a consideración del pueblo un acuerdo distinto, incluso bajo las reglas del plebiscito especial previsto" en el proyecto de ley.
Tras la publicación de la sentencia, la Corte deberá enviar el texto a los presidentes del Senado y la Cámara de Representantes para que le remitan el documento definitivo al presidente Santos para su sanción.
La Corte declaró el 18 de julio legítimo el proyecto de ley ya aprobado por el Congreso en el que se establece el plebiscito como método de refrendación entre las partes, que negocian la paz desde noviembre de 2012 en La Habana.
El tribunal, el máximo en Colombia en relación con la Carta Magna, informó entonces que daba vía libre al plebiscito, el cual se votará después de que se selle el acuerdo de paz, que se espera se concrete en las próximas semanas, pero recién este martes publicó su fallo, un documento de 300 páginas.
"La legimitidad democrática del plebiscito" depende de que las campañas y la votación "se hagan libres de presiones, entre ellas las derivadas del uso ilegal de la fuerza y de las armas", precisó.
"La Corte comprende que la ejecución de las campañas y la posible celebración del plebiscito se ejercerán bajo el supuesto del cese integral y definitivo del conflicto armado entre el Estado y el grupo armado ilegal que suscribe el Acuerdo", apuntó en la sentencia.
El tribunal ratificó además la reducción del umbral de más del 50% al 13% del total de ciudadanos habilitados a votar. Esto supone que el acuerdo de paz con las FARC podrá ser aprobado con 4,4 millones de votos positivos que superen la participación por el "no".
La decisión negativa del electorado "inhibirá" la implementación de los acuerdos, aunque no impedirá las facultades que le otorga la Constitución al gobierno "para mantener el orden público, entre ellas la suscripción de acuerdos de paz con grupos armados ilegales y en el marco de la salida negociada al conflicto armado".
La Corte también consideró "la posibilidad futura que se someta a consideración del pueblo un acuerdo distinto, incluso bajo las reglas del plebiscito especial previsto" en el proyecto de ley.
Tras la publicación de la sentencia, la Corte deberá enviar el texto a los presidentes del Senado y la Cámara de Representantes para que le remitan el documento definitivo al presidente Santos para su sanción.