Justicia suspende normas que redefinían el trabajo esclavo en Brasil
DPA (Deutsche Press Agency-Agencia de Prensa Alemana)
Brasilia. – La Justicia de Brasil suspendió hoy las normativas que atenuaban la definición de trabajo esclavo dispuestas por el Ministerio de Trabajo hace una semana y que generaron preocupación incluso en Naciones Unidas.
La jueza Rosa Weber, ministra de la máxima instancia jurídica del país sudamericano, falló de forma favorable a un recurso de amparo contra las nuevas normas que había interpuesto el partido de centroizquierda Rede de Sustentabilidade (Red de Sustentabilidad) el último viernes.
Las nuevas disposiciones “vulneran los principios primarios de la Constitución, evaden la protección adecuada y suficiente a los derechos fundamentales y no están en sintonía a los compromisos internacionales sobre trabajo esclavo asumidos por Brasil”, indica la sentencia de Weber de acuerdo con el periódico “O Globo”.
La magistrada también expresó en su fallo que las disposiciones aprobadas por el Ministerio de Trabajo pueden comprometer “los resultados obtenidos durante años de desarrollo de políticas públicas de combate a las prácticas de imponer a los trabajadores condiciones análogas a la esclavitud”.
El lunes pasado, la cartera de Trabajo flexibilizó la definición de trabajo forzado en Brasil y dispuso que se trata de aquel trabajo en el que existe la "privación de la libertad de ir y venir" del trabajador.
Asimismo, la disposición estableció que la "Lista Suja" ("Lista Sucia", como se conoce en Brasil la lista de los acusados de prácticas esclavistas), que antes era elaborada y difundida por un equipo técnico, sólo podía ser publicada por "orden expresa" del ministro de Trabajo.
Además se estableció que los rescates, una vez constatadas formas análogas a la esclavitud, podían hacerse solo tras una denuncia en una comisaría.
Weber fue muy crítica con la potestad del ministro de Trabajo de decidir sobre la publicación de la “Lista Suja”: “Es una medida administrativa que limita y debilita las acciones de control (del trabajo esclavo) (…) y condiciona la eficacia de una decisión administrativa a la voluntad individual de un ministro del Estado, y tiene un notorio sentido político”.
Hasta las nuevas disposiciones introducidas por el Ministerio de Trabajo, era considerado esclavo el trabajo que violara el artículo 149 del Código Penal Brasileño, que establece que se considera trabajo esclavo cualquier actividad con la intención de “reducir a alguien a una condición análoga a la esclavitud, sometiéndolo a trabajos forzados o de jornada exhaustiva, condiciones degradantes, o restringiendo su capacidad de moverse por razón de deuda contraída con el empleador”.
El presidente del país, Michel Temer, había declarado en una entrevista el viernes que pensaba introducir modificaciones a la normativa sancionada por la cartera de Trabajo.
Las nuevas reglas le valieron al Gobierno una serie de críticas en el ámbito nacional e internacional. Las Organización de las Naciones Unidas (ONU) también había expresado el viernes su “profunda preocupación" sobre las nuevas disposiciones.
El fallo de Weber es válido hasta que el tema sea juzgado por los 11 jueces que componen la Corte Suprema de Brasil. Aún no hay fecha estipulada para ello.
Las nuevas disposiciones “vulneran los principios primarios de la Constitución, evaden la protección adecuada y suficiente a los derechos fundamentales y no están en sintonía a los compromisos internacionales sobre trabajo esclavo asumidos por Brasil”, indica la sentencia de Weber de acuerdo con el periódico “O Globo”.
La magistrada también expresó en su fallo que las disposiciones aprobadas por el Ministerio de Trabajo pueden comprometer “los resultados obtenidos durante años de desarrollo de políticas públicas de combate a las prácticas de imponer a los trabajadores condiciones análogas a la esclavitud”.
El lunes pasado, la cartera de Trabajo flexibilizó la definición de trabajo forzado en Brasil y dispuso que se trata de aquel trabajo en el que existe la "privación de la libertad de ir y venir" del trabajador.
Asimismo, la disposición estableció que la "Lista Suja" ("Lista Sucia", como se conoce en Brasil la lista de los acusados de prácticas esclavistas), que antes era elaborada y difundida por un equipo técnico, sólo podía ser publicada por "orden expresa" del ministro de Trabajo.
Además se estableció que los rescates, una vez constatadas formas análogas a la esclavitud, podían hacerse solo tras una denuncia en una comisaría.
Weber fue muy crítica con la potestad del ministro de Trabajo de decidir sobre la publicación de la “Lista Suja”: “Es una medida administrativa que limita y debilita las acciones de control (del trabajo esclavo) (…) y condiciona la eficacia de una decisión administrativa a la voluntad individual de un ministro del Estado, y tiene un notorio sentido político”.
Hasta las nuevas disposiciones introducidas por el Ministerio de Trabajo, era considerado esclavo el trabajo que violara el artículo 149 del Código Penal Brasileño, que establece que se considera trabajo esclavo cualquier actividad con la intención de “reducir a alguien a una condición análoga a la esclavitud, sometiéndolo a trabajos forzados o de jornada exhaustiva, condiciones degradantes, o restringiendo su capacidad de moverse por razón de deuda contraída con el empleador”.
El presidente del país, Michel Temer, había declarado en una entrevista el viernes que pensaba introducir modificaciones a la normativa sancionada por la cartera de Trabajo.
Las nuevas reglas le valieron al Gobierno una serie de críticas en el ámbito nacional e internacional. Las Organización de las Naciones Unidas (ONU) también había expresado el viernes su “profunda preocupación" sobre las nuevas disposiciones.
El fallo de Weber es válido hasta que el tema sea juzgado por los 11 jueces que componen la Corte Suprema de Brasil. Aún no hay fecha estipulada para ello.