Parlamento catalán
PP y grupo mixto han votado en contra y en los dos casos han criticado que se haya votado la ley sin esperar a cómo puede afectarla el texto de la sentencia del Tribunal Constitucional sobre el Estatuto catalán. El proyecto se aprobó con 117 votos a favor y sólo 17 en contra.
La ley regula los aspectos industriales, culturales y de distribución del sector cinematográfico en Cataluña a través de 53 artículos, pero ha sido sólo uno de ellos, el 18, el que ha centrado todo el debate. Es el que afecta a las cuotas lingüísticas y que exige que la mitad de las copias analógicas de las películas dobladas o subtituladas que se estrenen en Cataluña tendrán que ser en lengua catalana, exceptuando los filmes comunitarios que sólo tendrán esta obligación a partir de las 16 copias. En soporte digital, todas las copias distribuidas deberán tener incorporado el acceso lingüístico en catalán.
En el trámite parlamentario, la ley ha incorporado que esta obligación afecte no solo a la distribución sino también a la exhibición. Así, la ley prevé que las empresas exhibidoras tienen la obligación de exhibir el 50% de proyección de la obra en versión de lengua catalana en función de una serie de criterios (población, horario, taquillaje) que se computarán de forma anual y que se especificarán en el reglamento que se intentará pactar con el sector. La ley también establece una red concertada de pantallas, tanto públicas como privadas, que será complementaria a la oferta privada y básicamente ofrecerá películas producidas en Cataluña, en los estados miembros de la Unión Europea o filmes extracomunitarios que tengan un especial interés cultural y artístico. Estos filmes, si no son en versión original castellana o catalana, deberán proyectarse en versión original subtitulada en catalán. El articulado también prevé ayudas públicas a la digitalización de las salas privadas.
La ley regula los aspectos industriales, culturales y de distribución del sector cinematográfico en Cataluña a través de 53 artículos, pero ha sido sólo uno de ellos, el 18, el que ha centrado todo el debate. Es el que afecta a las cuotas lingüísticas y que exige que la mitad de las copias analógicas de las películas dobladas o subtituladas que se estrenen en Cataluña tendrán que ser en lengua catalana, exceptuando los filmes comunitarios que sólo tendrán esta obligación a partir de las 16 copias. En soporte digital, todas las copias distribuidas deberán tener incorporado el acceso lingüístico en catalán.
En el trámite parlamentario, la ley ha incorporado que esta obligación afecte no solo a la distribución sino también a la exhibición. Así, la ley prevé que las empresas exhibidoras tienen la obligación de exhibir el 50% de proyección de la obra en versión de lengua catalana en función de una serie de criterios (población, horario, taquillaje) que se computarán de forma anual y que se especificarán en el reglamento que se intentará pactar con el sector. La ley también establece una red concertada de pantallas, tanto públicas como privadas, que será complementaria a la oferta privada y básicamente ofrecerá películas producidas en Cataluña, en los estados miembros de la Unión Europea o filmes extracomunitarios que tengan un especial interés cultural y artístico. Estos filmes, si no son en versión original castellana o catalana, deberán proyectarse en versión original subtitulada en catalán. El articulado también prevé ayudas públicas a la digitalización de las salas privadas.