La Corte Europea de Justicia (CEJ) estimó justificada la existencia de esa tasa sobre los soportes digitales, reforzada desde 2003 por el gobierno español, para compensar a autores, artistas y productores por las pérdidas que les suponen las copias privadas de sus obras.
La "mera capacidad" de los equipos de reproducción, como grabadoras de CD-R, CD-RW, DVD-R y aparatos de MP3, de realizar copias explica la imposición de un 'canon por copia privada', afirma en su sentencia el tribunal, con sede en Luxemburgo.
No obstante, la corte diferencia entre aplicar ese impuesto a "las personas físicas en condición de usuarios privados" y las personas jurídicas, como fabricantes y otras empresas.
La normativa española cae en la ilegalidad al aplicar de "forma indiscriminada el canon", incluso cuando los aparatos son adquiridos por personas jurídicas para "fines manifiestamente ajenos a la copia privada".
El origen de ese impuesto se encuentra en los años 1960 para proteger los derechos de autor clásicos, compensando los ingresos perdidos por las grabaciones "caseras", esencialmente en la época de los casetes de audio.
En la actualidad, estas tasas abarcan, según los países, un abanico muy amplio de soportes: CD y DVD, llaves USB, discos externos, cartas de memoria, pero también a veces lectores MP3, fotocopiadoras y teléfonos portátiles multimedia.
La sentencia de la CEJ es una respuesta a la Audiencia Provincial de Barcelona, que había solicitado la opinión de la instancia europea para resolver un litigio.
La Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) había reclamado a la sociedad Padawan, que comercializa aparatos de grabación, el canon por copia privada correspondiente a los soportes digitales comercializados entre 2002 y 2004.
Padawan se opuso al pago y el contencioso llegó a manos de la Audiencia Provincial de Barcelona, que deberá decidir si se atiende a la decisión de la justicia europea.
En cualquier caso, la ministra española de Cultura, Angeles González-Sinde, admitió el jueves que la sentencia repercutirá en la legislación nacional, abogando por buscar una solución con el resto de países europeos que también aplican un canon digital.
La asociación Digital Europa, que reúne a las empresas europeas del sector tecnológico, saludó por su parte un "importante paso adelante en la modernización del sistema actual de tasas", que está "desfasado" y sigue un método de cálculo basado en derechos "injustos y faltos de transparencia".
Los fabricantes de aparatos electrónicos denuncian desde hace años este tipo de impuesto, pero las sociedades gestoras de los derechos de autor rechazan abandonar un dispositivo que representa buena parte de los ingresos de los artistas menos cotizados.
La "mera capacidad" de los equipos de reproducción, como grabadoras de CD-R, CD-RW, DVD-R y aparatos de MP3, de realizar copias explica la imposición de un 'canon por copia privada', afirma en su sentencia el tribunal, con sede en Luxemburgo.
No obstante, la corte diferencia entre aplicar ese impuesto a "las personas físicas en condición de usuarios privados" y las personas jurídicas, como fabricantes y otras empresas.
La normativa española cae en la ilegalidad al aplicar de "forma indiscriminada el canon", incluso cuando los aparatos son adquiridos por personas jurídicas para "fines manifiestamente ajenos a la copia privada".
El origen de ese impuesto se encuentra en los años 1960 para proteger los derechos de autor clásicos, compensando los ingresos perdidos por las grabaciones "caseras", esencialmente en la época de los casetes de audio.
En la actualidad, estas tasas abarcan, según los países, un abanico muy amplio de soportes: CD y DVD, llaves USB, discos externos, cartas de memoria, pero también a veces lectores MP3, fotocopiadoras y teléfonos portátiles multimedia.
La sentencia de la CEJ es una respuesta a la Audiencia Provincial de Barcelona, que había solicitado la opinión de la instancia europea para resolver un litigio.
La Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) había reclamado a la sociedad Padawan, que comercializa aparatos de grabación, el canon por copia privada correspondiente a los soportes digitales comercializados entre 2002 y 2004.
Padawan se opuso al pago y el contencioso llegó a manos de la Audiencia Provincial de Barcelona, que deberá decidir si se atiende a la decisión de la justicia europea.
En cualquier caso, la ministra española de Cultura, Angeles González-Sinde, admitió el jueves que la sentencia repercutirá en la legislación nacional, abogando por buscar una solución con el resto de países europeos que también aplican un canon digital.
La asociación Digital Europa, que reúne a las empresas europeas del sector tecnológico, saludó por su parte un "importante paso adelante en la modernización del sistema actual de tasas", que está "desfasado" y sigue un método de cálculo basado en derechos "injustos y faltos de transparencia".
Los fabricantes de aparatos electrónicos denuncian desde hace años este tipo de impuesto, pero las sociedades gestoras de los derechos de autor rechazan abandonar un dispositivo que representa buena parte de los ingresos de los artistas menos cotizados.